Nuestro condominio tiene un serio problema de filtraciones que están ocasionando perdidas cuantiosas tanto a areas privadas como comunes.
Muchas de estas filtraciones llevan meses, incluso años sin ser atendidas responsablemente y como dispone la ley, ocasionando que algo que se pudo haber resuelto en días sin gastos mayores, le está costando y le continue costando a los titulares miles de dolares.
¿Cual es el deber de la Junta?
Según la Ley, la junta debe identificar el problema de inmediato y resolverlo, y si identifica que fue ocasionado por un titular, cobrárselo en la mensualidad al titular responsable del daño.
Sencillo ¿no?
Esto no ha sucedido. En cambio se tardan semanas o meses en traer a personas a hacer inspecciones. Vale señalar que solo han traído a personas que practican la plomería ilegalmente, como es el caso de Omar Carrero y Yadimir Carrión, quienes se anuncian como plomeros, y hacen tareas de plomería sin poseer licencia de Plomeros, en contravencion a la ley Ley Núm. 59 de 18 de julio de 2022 de Puerto Rico, también conocida como “Ley de la Junta Examinadora y del Colegio de Maestros y Oficiales Plomeros”.
En el caso de Omar Carrero, ha sido señalado por el Colegio de Plomeros por practicar ilegalmente, y tiene tres querellas en DACo adjudicadas en su contra.
Este hecho ha sido traído a la atención de la junta, y aún asi, siguen contratando a Yadimir Carrión, una persona sin licencia, para hacer trabajos e inspecciones.
¿Tiene usted que resolverse como pueda con su vecino y esperar a que el arregle la filtración?
NO. La ley es clara. Las decisiones del DACo, y de los tribunales también. Si usted sufre perdidas por culpa de un vecino o del Condominio, usted puede ir contra cualquiera a reclamar por daños y perjuicios. Pero en el caso de que la Administradora o la Junta no actuen con diligencia conforme a la ley, tendrán que responder tambien.
¿Cual es el problema con esto? Que quien paga es el Consejo, o sea, usted y yo.